Preguntas frecuentes subsidio Empleo para la vida, Fomento y protección para nuevos empleos

¿Qué es el subsidio a la generación de nuevos empleos?

Este nuevo incentivo sustituye al Programa denominado SACÚDETE, el cual, fue transformado por el Gobierno Nacional de acuerdo con la Ley 2155 de 2021.

Este formulario debe estar firmado por el revisor fiscal, contador público y/o representante legal, representante legal de la fiduciaria o administradora del patrimonio autónomo o personal natural empleadora.

Ingresa  aquí  y diligencia el formulario respectivo,  firmado, escanearlos y al cual deben enviar las postulaciones al siguiente correo: subsidios.nominas@pichincha.com.co

 


Subsidio del Gobierno mediante el artículo 79 de la mencionada ley y el Decreto 1736 del 20 de Octubre de 2023, para la creación y permanencia de nuevos empleos formales que tiene como propósito financiar costos laborales, como los pagos de seguridad social y parafiscales.

Podrán ser beneficiarios del Programa Personas naturales empleadoras, personas jurídicas, Consorcios y/o Uniones temporales, patrimonios autónomos declarantes del impuesto de renta y cooperativas registradas en la cámara de comercio.

El incentivo de Empleo para la Vida estará destinado para la contratación formal de tres grupos de edad y será calculado sobre el salario mínimo mensual legal vigente 2023:

Jóvenes entre los 18 y 28 años: el incentivo es el 25% sobre un salario mínimo mensual a los empleadores que vinculen a nuevos trabajadores entre estas edades, es decir que para 2023 las empresas recibirán $290.000 pesos. Mujeres mayores de 28 años que devenguen hasta 3 salarios mínimos: el incentivo es el 15% sobre un salario mínimo mensual, es decir que para 2023 las empresas recibirán $174.000 pesos. Hombres mayores de 28 años que devenguen hasta 3 salarios mínimos: el incentivo es el 10% de un salario mínimo mensual, es decir que para 2023 las empresas recibirán $116.000 pesos.

Este aporte se pagará por los trabajadores adicionales vinculados con las características anteriores y el programa tendrá sostenibilidad económica por lo que se garantizarán recursos hasta el año 2026 o hasta agotar existencias.

Solo lo podrán solicitar mensualmente hasta por 12 veces máximo, de acuerdo con los requisitos establecidos y en las fechas de postulación estipuladas.

No pueden ser beneficiarios del apoyo para la generación de empleo, las entidades o sociedades cuya participación de la Nación y/o sus entidades descentralizadas sea mayor al 50% de su capital.

Adicionalmente, no podrán acceder al subsidio las personas naturales expuestas políticamente -PEP-. Este requisito, será verificado y validado por el Banco al momento de la postulación o del giro de recursos.

Ingresa  aquí  y diligencia el formulario respectivo,  firmado, escanearlos y al cual deben enviar las postulaciones al siguiente correo: subsidios.nominas@pichincha.com.co

Este formulario debe estar firmado por el revisor fiscal, contador público y/o representante legal, representante legal de la fiduciaria o administradora del patrimonio autónomo o personal natural empleadora.

  1. Formulario de postulación al programa de subsidios Incentivo a la generación nuevos empleos diligenciado y firmado por la persona natural o el representante legal.

  1. Certificación de cumplimiento de requisitos totalmente diligenciada y firmada por el representante legal o persona natural solicitante y el revisor fiscal, o contador público.

  2. Certificado de existencia y representación legal con menos de 30 días de expedición, para persona jurídica, o, Certificado de matrícula mercantil persona natural con menos de 30 días de expedición, para persona natural.

  3. Registro Único Tributario (RUT) para persona jurídica, persona natural, ESAL, Consorcio o Unión Temporal o Patrimonio Autónomo.

Una vez diligenciado el formulario de postulación y después de haber anexado los documentos requeridos, se genera un número de radicado de la postulación.

Posteriormente, el Banco valida el cumplimiento de los requisitos y entrega la documentación e información a la UGPP - Unidad de Pensiones y Parafiscales, para su validación y aprobación.

Una vez la UGPP apruebe tu solicitud, el Banco tramitará el desembolso del subsidio en la cuenta de ahorros o corriente que se registre en el formulario de postulación de acuerdo con las fechas establecidas en la resolución expedida por el Ministerio de Hacienda.

Recuerde que la nómina sobre la que recibe el subsidio corresponde a septiembre y octubre del 2023.

La Recepcion se realizará durante el periodo del 15 noviembre al 17 de noviembre 2023  antes de las 4:00 p.m.