Preguntas frecuentes subsidio Incentivo a la generación nuevos empleos

¿Qué es el subsidio a la generación de nuevos empleos?

Este nuevo incentivo sustituye al Programa denominado SACÚDETE, el cual, fue transformado por el Gobierno Nacional de acuerdo con la Ley 2155 de 2021.


Subsidio del Gobierno creado bajo el artículo 24 de la ley 2155 del 14 septiembre 2021 para la generación de NUEVOS empleos mediante contratación de trabajadores adicionales que contribuya al desarrollo económico y social del país

Podrán ser beneficiarios del Programa Personas naturales empleadoras, personas jurídicas, Consorcios y/o Uniones temporales, patrimonios autónomos declarantes del impuesto de renta y cooperativas registradas en la cámara de comercio.

Es un subsidio del gobierno nacional que se otorgara mensualmente a los empleadores que vinculen en su nómina jóvenes entre los 18 a 28 años con un incentivo mensual del 25% de un (1) SMLMV equivalente a DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO TREINTA Y UN PESOS MCTE ($227.131) para el año 2021.

Tratándose de los trabajadores adicionales que no correspondan a los jóvenes que se hace referencia que devenguen y por tanto coticen hasta tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), se otorgara un subsidio correspondiente al 10% de un (1) SMLMV por cada uno que para el año 2021 equivale a NOVENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS MCTE ($90.852) para el año 2021

Tratándose de trabajadoras adicionales mujeres mayores de 28 años, que devenguen y por tanto coticen hasta tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), se otorgara un subsidio correspondiente al quince (15%) de un (1) salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) Correspondiente a CIENTO TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS ($136.278)

Este aporte se pagará por los trabajadores adicionales vinculados con las características anteriores y estará vigente desde el 14 de septiembre de 2021 y hasta agosto 2023.

Durante este periodo solo lo podrán solicitar mensualmente hasta por 12 veces máximo, de acuerdo con los requisitos establecidos y en las fechas de postulación estipuladas.

No pueden ser beneficiarios del apoyo para la generación de empleo, las entidades o sociedades cuya participación de la Nación y/o sus entidades descentralizadas sea mayor al 50% de su capital.

Adicionalmente, no podrán acceder al subsidio las personas naturales expuestas políticamente -PEP-. Este requisito, será verificado y validado por el Banco al momento de la postulación o del giro de recursos.

Ingresa  aquí  y diligencia el formulario respectivo,  firmado, escanearlos y al cual deben enviar las postulaciones al siguiente correo: subsidios.nominas@pichincha.com.co

Este formulario debe estar firmado por el revisor fiscal, contador público y/o representante legal, representante legal de la fiduciaria o administradora del patrimonio autónomo o personal natural empleadora.

  1. Formulario de postulación al programa de subsidios Incentivo a la generación nuevos empleos diligenciado y firmado por la persona natural o el representante legal.

  1. Certificación de cumplimiento de requisitos totalmente diligenciada y firmada por el representante legal o persona natural solicitante y el revisor fiscal, o contador público.

  2. Certificado de existencia y representación legal con menos de 30 días de expedición, para persona jurídica, o, Certificado de matrícula mercantil persona natural con menos de 30 días de expedición, para persona natural.

  3. Registro Único Tributario (RUT) para persona jurídica, persona natural, ESAL, Consorcio o Unión Temporal o Patrimonio Autónomo.

Una vez diligenciado el formulario de postulación y después de haber anexado los documentos requeridos, se genera un número de radicado de la postulación.

Posteriormente, el Banco valida el cumplimiento de los requisitos y entrega la documentación e información a la UGPP - Unidad de Pensiones y Parafiscales, para su validación y aprobación.

Una vez la UGPP apruebe tu solicitud, el Banco tramitará el desembolso del subsidio en la cuenta de ahorros o corriente que se registre en el formulario de postulación de acuerdo con las fechas establecidas en la resolución expedida por el Ministerio de Hacienda.

Recuerde que la nomina sobre la que recibe el subsidio corresponde al mes anterior al de la postulación.

La Recepcion se realizará durante el periodo del 17 mayo al 25 de mayo de 2023 antes de las 4:00 p.m.